5 de enero de 2011

REGLAMENTO ELECTORAL -ELECCIONES CARGOS ELECTIVOS 2011-

Agrupación Política “VECINOS UNIDOS POR VARELA”

Junta Electoral Partidaria

                                                            -REGLAMENTO ELECTORAL-

Con motivo de la elección interna partidaria que se llevara a cabo el día Domingo 27 de febrero a partir de las 08.00 horas y con fecha de cierre del acto a las 18.00 hs., del mismo día, con el fin de cubrir cargos electivos que representen al partido en las elecciones internas obligatorias y generales, previstas por Ley, del año en curso, la Comisión Directiva del partido, de acuerdo a los lineamientos fijados en la Carta Orgánico Partidaria y con la finalidad de facilitar la participación de los afiliados, agilizar el acto electoral y todas las instancias previas que conlleven a este, determinó en reunión de fecha 03 de octubre de 2.010, bajo Acta Nº 04/2010, establecer el siguiente reglamento electoral:

1)-Las Listas que se presenten a la Junta Electoral Partidaria deberán contemplar la totalidad de los cargos electivos previstos para el disttrito de Florencio Varela, cumplimentando lo previsto en los Arts. 44; 55, 61 y 65 de la C.OP., es decir lista completa conteniendo cargos Titulares y Suplentes y Apellido y nombre, a continuación de cada cargo del afiliado que se postula a cada uno de ellos, respetando además el cupo femenino establecido por Ley. Cada Lista interviniente deberá ser identificada con un Lema. En la primera elección de autoridades se aplicara el último párrafo del Art. 50 de la C.O.P.

2)-Las boletas para la elección interna deberán confeccionarse en formato de doce (12) cms de ancho por diecinueve (19) cms. de alto, en papel de impresión común, fondo blanco, con letra impresa en color blanco y negro, llevando el lema identificatorio en su parte superior. Deberá ser presentado un original en la fecha indicada en cronograma respectivo a la Junta Electoral Partidaria para su aprobación previa, antes de la impresión final para el comicio; una vez aprobada, la misma deben ser provista en cantidad suficiente acorde la cantidad de afiliados totales habilitados para votar, en la fecha que fija el cronograma electoral o momentos previos a la hora de apertura del acto electoral.

3)-Cada Lista interviniente nombrará dos apoderados cuyos datos se elevaran a la Junta Electoral Partidaria antes del 21 de enero de 2011, el que realizará toda la tramitación inherente a la lista respectiva ante la misma . Cada Lista deberá nombrar un fiscal de mesa y comunicará con setenta y dos horas (72 hs) de antelación al comicio, los datos de identidad del mismo a la Junta Electoral Partidaria.

4)-La formulación de impugnaciones deberá efectuarse en forma fundada, por escrito e identificándose el o los impugnantes y se podrán presentar hasta el plazo previsto en el cronograma electoral respectivo.

5)-Cuarenta y ocho horas antes del acto electoral se prohíbe toda propaganda periodística. oral, o escrita de carácter público.

6)-Los padrones de electores provisorios habilitados se confeccionaran por esta Junta Electoral y se exhibirán en la sede partidaria central, desde el llamado a elección interna hasta el vencimiento de los plazos para presentar objeciones, resueltas las mismas si las hubiere, se cerrará el padrón y se confeccionara y exhibirá el padrón definitivo acorde el Cronograma Electoral vigente para este acto electoral.

7)-En caso de oficializarse una sola lista, cumplidos los plazos de presentación y exhibición de la misma la junta electoral actuará acorde el Art. 45 de la C.O.P.

8)-El presente Reglamento Electoral tiene vigencia únicamente para las elecciones internas partidarias de fecha 27 de febrero de 2.011.
                                                                           Florencio Varela, 17 de enero de 2.011


                                        Jorge A. De Gioia                            Nilda Zulema Filippón
                                              Presidente                                       Vicepresidente